En aplicación del Art. 6 del Decreto Supremo No. 19963, Art. 4 del Decreto Supremo 9027, se informa a los señores docentes que cuenten con otros ingresos del sector públic que, para la percepción del Aguinaldo de Navidad 2019 en la Universidad Mayor de San Andrés, deben considerar lo siguiente:
«Los empleados públicos que prestan servicios en más de una repartición, en virtud de resolución expresa de acúmulo de cargos, cobrarán el Aguinaldo en aquella en que perciban la remuneración mayor. Prohíbese la doble percepción o acumulación de Aguinaldo…»